Exposición del Arq. Darío López, presidente SCA, en Audiencia Pública de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Exp 2094-J-2020 “MODIFICASE LA NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE AL CONJUNTO COSTA SALGUERO-PUNTA CARRASCO “
Exp 2094-J-2020 “MODIFICASE LA NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE AL CONJUNTO COSTA SALGUERO-PUNTA CARRASCO “
Buenas tardes, mi nombre es Darío López. , soy Arquitecto y en mi carácter de presidente, represento a la Sociedad Central de Arquitectos (SCA)
Mi exposición pondrá de manifiesto las observaciones que los diferentes grupos de trabajo y la comisión directiva de la Sociedad Central de Arquitectos han realizado a partir de estudiar la iniciativa del conjunto Costa Salguero-Punta Carrasco que se trata en la audiencia del día de la fecha en esta Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
Hablar del conjunto Costa Salguero-Punta Carrasco ineludiblemente implica hablar de urbanismo. Y si aprovechamos esta instancia de participación pública para interpelar el urbanismo con una mirada crítica, no podemos dejar pasar la oportunidad de hacer un breve diagnóstico sobre el sistema de planificación urbana en la Ciudad. Y desde ese marco, hacer hincapié sobre la importancia de la gestión idónea de la tierra pública, dado que la misma es un recurso estratégico, difícilmente renovable y esencial para la planificación y construcción de la ciudad.
Actualmente la planificación pública en general y el sistema de planificación urbana en particular, se encuentran condicionados por un sostenido debilitamiento estructural.
En este contexto, la discusión sobre los proyectos urbanísticos puntuales y el criterio de manejo de la tierra pública y los códigos urbanísticos, comienzan a presentarse estériles.
Esto se produce porque los Planes Estratégicos y Urbanos y los Modelos Territoriales, que debieran brindar el marco a toda iniciativa se encuentran desactualizados o en reformulación y que en última instancia no son considerados al tomarse las decisiones políticas.
En la CABA el respeto por su Constitución, la Ley Nº 71 y el PUA (Plano urbano ambiental) es el esquema que debería recuperarse para disponer de las herramientas que permitan afrontar los grandes desafíos de este siglo XXI.
En estas consideraciones pueden encontrarse los principales desajustes del sistema y las razones que generan el legítimo interés que despiertan en el conjunto de la sociedad ciertas iniciativas fragmentarias impulsadas desde el GCBA.
En este contexto, es necesario subrayar una vez más que el suelo urbano, y en especial el público, es un bien escaso y un recurso estratégico por el que todos los actores pujan.
Por ello, una política urbanística implementada por el Estado debe propender a satisfacer el bienestar general.
Para decirlo claramente: la tierra pública es el bien más escaso en cualquier ciudad. No hay posibilidad de reposición. Adecuadamente utilizada puede promover la transformación urbana y la localización futura de infraestructuras y equipamientos por lo que su asignación correcta y planificada del recurso resulta clave. Por ello, su venta debería ser evitada y en ningún caso el producido debería utilizarse para gastos corrientes.
La Sociedad Central de Arquitectos fundada en 1886, tiene una larga trayectoria en la defensa de la planificación como metodología, de la tierra pública como recurso estratégico y de la ribera y el espacio público como estructurantes de la ciudad. Todo ello se encuentra ampliamente documentado en publicaciones, notas dirigidas a distintos organismos del Estado, en los eventos organizados en los últimos años y en los concursos como herramienta para favorecer el debate. Desde este corpus de iniciativas promovemos enérgicamente la reflexión y la acción sobre la ciudad colaborando al mejor tratamiento de las políticas urbanísticas y que las mismas formen parte de la agenda política que propicie el desarrollo y el bienestar general.
Reafirmamos nuestro compromiso como Institución de que no hay mejor herramienta que los concursos de ideas como disparador de debates, con la participación de la sociedad toda para el tratamiento y toma de decisiones sobre las tierras públicas.
Finalmente celebramos que el contexto de debate que disparó el concurso sobre Costa Salguero, haya puesto en evidencia las situaciones mencionadas.
Por lo dicho anteriormente, proponemos la suspensión de las iniciativas gubernamentales que involucren tierras públicas, hasta tanto se encuadren en el marco legal vigente: la Constitución de la CABA, la ley Nº71 y el Plano urbano ambiental.
Publicado: 17 diciembre, 2020